7-8-2025 / El Ayuntamiento de Barcelona ha ampliado a toda la ciudad y durante las 24 horas del día la prohibición de promover, organizar o ejecutar rutas de alcohol entre establecimientos de pública concurrencia con el objetivo de garantizar la convivencia ciudadana, el descanso vecinal y la salud pública.
Esta prohibición figura en un decreto que tendrá una vigencia de 4 años a contar desde su entrada en vigor.
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Concretamente, se ha aprobado inicialmente el decreto, firmado por el alcalde y que inicia un período de 20 días de información pública, que prohíbe organizar, vender o realizar circuitos o itinerarios por diversos establecimientos de pública concurrencia o locales de ocio de la ciudad, con la finalidad principal de que las personas que participen así consuman bebidas alcohólicas. El nuevo texto también prohíbe la difusión publicitaria por cualquier medio de las actividades relacionadas.
Hasta ahora, la actividad de las rutas organizadas por el consumo de alcohol estaba restringida sólo en los distritos de Ciutat Vella –desde 2012–y del Eixample –desde el 1 de junio de este año–. Los decretos establecían la prohibición que protegía especialmente el horario nocturno, de 19h a 7h.
Dado que se ha detectado que esta actividad se produce a lo largo del año, y podría producirse a cualquier hora del día, el nuevo decreto establece que la prohibición no sea estacional, sino permanente, y las 24 horas.
La actividad, conocida como pub crawling, es una forma de negocio, en el ámbito del ocio, que consiste en promocionar el consumo de alcohol a través de un recorrido por una serie de establecimientos adheridos a una oferta de precios. Normalmente existe un promotor encargado de buscar grupos de personas y los concentraría en uno de los locales para dar inicio al recorrido.
La oferta consiste en consumir una o más bebidas, normalmente de baja calidad y de forma relativamente rápida, para pasar de inmediato al siguiente establecimiento. Por ello, ha sido identificada como un factor de riesgo que genera molestias vecinales, incrementa la presión sobre el espacio público y puede derivar en delitos o infracciones de seguridad vial.
Además, el decreto se alinea con los objetivos previstos en la Ley 20/1985, de 25 de julio, de prevención y asistencia en materia de sustancias que pueden generar dependencia ya que, además de la protección del descanso vecinal, el texto pone énfasis también en la necesidad de proteger la salud pública dada la nobilidad de los participantes y los evidentes.
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El nuevo texto de la nueva Ordenanza de Convivencia aprobado inicialmente este mes de julio, contemplará esta prohibición en el apartado 4 del artículo 46 con el siguiente redactado: También se prohíbe especialmente organizar, vender o realizar circuitos o itinerarios por diversos establecimientos de pública concurrencia o locales de ocio de la ciudad, con la finalidad principal que las personas continuada, así como también trasladar o devolver a estas personas.
En Barcelona, el fenómeno se inició en Ciutat Vella, auspiciada por la alta presencia de turistas –clientes principales de las rutas–, por la concentración de bares y locales dispuestos a integrarse en rutas de este tipo, y por las alternativas de ocio posteriores para los participantes. Ante la prohibición en Ciutat Vella, la actividad se trasladó en parte al distrito del Eixample.
Según los datos aportados por la Guardia Urbana, la prohibición de las rutas de alcohol ha contribuido a reducir significativamente el número de rutas detectadas y ha ayudado a prevenirlas gracias a la detección previa por la oferta a través de redes sociales. El control administrativo y policial fue clave para mantener la situación bajo control.
De hecho, si en 2012 la Guardia Urbana impuso a Ciutat Vella un total de 58 denuncias relacionadas con la organización de rutas entre establecimientos, incluida la distribución de publicidad al respecto, el pasado año sólo interpusieron tres denuncias.