29-9-2025 / El Ayuntamiento de Badalona ha aprobado definitivamente, tras la finalización del período de alegaciones, la modificación de la ordenanza que regula el uso de vehículos de movilidad personal (VMP), especialmente los patinetes.
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La nueva ordenanza se aprobó en sesión plenaria el pasado junio y entrará definitivamente en vigor en las próximas semanas, una vez se haya publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB).
La nueva ordenanza establece una normativa clara que garantiza la seguridad de sus usuarios y también de todos los peatones y vehículos con los que comparten el espacio público. A su vez, con esta modificación Badalona tendrá una de las ordenanzas más duras del área metropolitana, con un régimen sancionador con multas de hasta 600 euros.
El alcalde de Badalona, Xavier Garcia Albiol, manifestó que «con la nueva ordenanza en Badalona se ha terminado la impunidad de quienes circulan con patinete y lo utilizan para delinquir; en esta ciudad quien no cumpla las normas será sancionado».
Las principales medidas que incluye la nueva normativa son las siguientes:
¿Por dónde pueden circular y a qué velocidad?
– Calles de plataforma diferenciada, a un máximo de 25 km/h
– Calles de plataforma única, a un máximo de 10 km/h
– Carriles bicis situados en acera, a un máximo de 10 km/h
– Carriles bicis situados en calzadas, a un máximo de 25 km/h
– Carriles bicis situados en calzadas de plataforma única, a un máximo de 10 km/h
– Parques públicos, siguiendo las vías ciclistas, a un máximo de 10 km/h
Obligaciones
– Disponer de un seguro de responsabilidad civil vinculado al patinete
– Tener más de 15 años
– Utilizar un casco de protección homologado
– Estacionar en espacios permitidos en las bicicletas
– Mantener una distancia mínima de 1,5 metros con las personas en espacios compartidos con peatones
– Identificar el patinete con homologación y número de serie
– Disponer de certificado de circulación
– Identificar visualmente el patinete si tiene uso comercial
Prohibiciones
– Prohibido circular por aceras, zonas verdes y calles de uso exclusivo para peatones
– Prohibido circular más de una persona
– Prohibido circular con auriculares
– Prohibido circular haciendo uso de dispositivos móviles
– Prohibido circular con tasas de alcoholemia superiores a las establecidas o habiendo consumido drogas
– Prohibido circular por pasos de peatones. Hay que bajar del vehículo y cruzar caminando
¿Cuándo se requisará el patinete?
– Si no dispone de la póliza de seguro de responsabilidad civil vinculada al patinete
– Si el vehículo tiene alteradas o manipuladas las condiciones de su homologación
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Importe de las sanciones
Leves, por importe de hasta 150 euros
Graves, por importe de hasta 300 euros
Muy graves, por importe de hasta 600 euros
Tipo de infracciones
Leves: Cualquier incumplimiento de las disposiciones de la Ordenanza que no sea calificada como grave o muy grave
Graves:
– Incumplir las disposiciones establecidas en relación a los límites de velocidad, cuando no esté definida como muy grave
– Circular sin tener la edad permitida para poder hacerlo
– Incumplir la obligación de identificar o registrar el VMP cuando la normativa lo establezca
– Circular con vehículos que no cumplan los requisitos legales, cuando este incumplimiento no esté definida como leve o muy grave.
Muy graves:
– Exceder en más de un 50% la velocidad máxima autorizada
– Circular de forma temeraria
– Circular poniendo en peligro la seguridad de los peatones
– Circular por vías o zonas prohibidas
– Circular con tasas de alcohol superiores a las permitidas o con la presencia de drogas
– No disponer del seguro de responsabilidad civil, cuando sea obligatorio
– Circular con vehículos manipulados de forma que incumplan las condiciones de homologación